Skip to Content

Enfrentar la desigualdad como injusticia: cuatro desafíos para la agenda de derechos humanos

Ignacio Saiz y Gaby Oré Aguilar, director ejecutivo y directora ejecutiva adjunta de CESR, moderan el debate de openGlobalRights sobre la desigualdad económica y los derechos humanos. Este artículo también está disponible en English, Français.

Durante los últimos tres meses, openGlobalRights ha reunido a destacados profesionales de diversos campos para debatir sobre la desigualdad económica desde una perspectiva de derechos humanos. 
 
Al plantear la discusión, argumentamos que el patrón mundial de creciente desigualdad entre los ricos y los pobres, y el aumento constante de la concentración de capital en manos de una élite reducida, representan uno de los temas de políticas públicas críticos de nuestra época y una característica definitoria del orden económico mundial. Un informe reciente de Oxfam revela que la crisis de desigualdad ha alcanzado nuevos extremos: el 1 % más rico ahora posee más que el resto del mundo en conjunto. Sin embargo, las consecuencias para los derechos humanos de este alarmante fenómeno apenas han recibido atención por parte de la comunidad de derechos humanos.


Los autores que han participado en este debate hasta el momento son algunos de los cada vez más numerosos analistas y profesionales de derechos humanos que están rompiendo el silencio. A partir de los hilos del debate, este artículo propone cuatro tareas esenciales para el movimiento de derechos humanos conforme enfrenta los desafíos conceptuales, normativos, estratégicos y metodológicos derivados de lidiar con la desigualdad económica.

Conceptualizar la desigualdad económica como un problema de derechos humanos

Como señala Sakiko Fukuda-Parr, la mayor parte de las contribuciones al debate hasta el momento ven la desigualdad económica extrema como una amenaza a los derechos humanos por razones instrumentales. Por ejemplo, porque distorsiona el acceso a la participación política o a los bienes y servicios que requieren las personas para hacer realidad sus derechos a la salud, la educación o la vivienda. La autora nos insta a ir más allá y ver la desigualdad extrema como una injusticia inherente. En marcado contraste, Samuel Moyn sostiene que “incluso los derechos humanos perfectamente cumplidos son compatibles con la desigualdad radical”.

Entonces, ¿cuál es la relación entre la desigualdad económica extrema y los derechos humanos: una injusticia intrínseca, una amenaza instrumental o un fenómeno independiente?   

La desigualdad económica claramente es un problema de derechos humanos cuando puede demostrarse que es la causa o la consecuencia de las violaciones de derechos humanos. El vínculo entre el aumento de la desigualdad y las violaciones de derechos económicos y sociales ha pasado a primer plano de manera muy evidente en el reciente contexto de austeridad y recesión de muchos países.

Tomemos el ejemplo de España. El país ha experimentado un fuerte aumento de la desigualdad de ingresos desde la crisis económica de 2008, lo cual lo ha convertido en uno de los más desiguales de Europa. Como ha demostrado el Centro por los Derechos Económicos y Sociales (Center for Economic and Social Rights, CESR), uno de los numerosos factores causales detrás de esta tendencia es el estancamiento del salario mínimo en un nivel muy por debajo del umbral establecido en los tratados europeos de derechos sociales, mientras que las personas con ingresos elevados gozan del privilegio de una estructura impositiva regresiva y discriminatoria que favorece la evasión y la elusión fiscales. Por lo tanto, la creciente desigualdad de ingresos se puede atribuir directamente a un incumplimiento de las obligaciones de derechos humanos del gobierno en el ámbito de las políticas fiscales y laborales. A su vez, la escalada de la desigualdad económica en España ha provocado un aumento de las disparidades en el acceso a la salud, la vivienda y otros derechos económicos y sociales.

Estudios basados en experiencias de otros países también han mostrado cómo la desigualdad extrema puede causar privaciones crónicas de derechos humanos de maneras más indirectas al estimular las crisis financieras, los conflictos armados, la represión estatal y la captura política. Como destacan Balakrishnan y Heintz, estas son condiciones que ponen en riesgo de manera sistemática todos los derechos humanos.

Más allá de ser un síntoma o un factor determinante de la privación de los derechos humanos, ¿se puede considerar la desigualdad económica extrema como intrínsecamente incompatible con las normas de derechos humanos? ¿Exactamente qué dicen estas normas sobre la desigualdad económica?

Articular una base normativa para abordar la desigualdad económica

Aunque el derecho internacional de derechos humanos dice muy poco expresamente sobre el nivel de desigualdad económica que puede ser compatible con la satisfacción de los derechos humanos, es posible construir un marco normativo sólido para abordar la desigualdad y remediar sus consecuencias a partir de varios pilares complementarios de los principios de derechos humanos.

En primer lugar, el derecho internacional de los derechos humanos sí aborda directamente cuestiones de distribución de recursos. El ampliamente ratificado Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) obliga a los Estados a dedicar “el máximo de sus recursos disponibles” a asegurar de manera progresiva la efectividad de estos derechos, y a garantizar una base mínima de disfrute de los derechos para todos, sin discriminación ni retroceso. En aquellos lugares donde no se han alcanzado los niveles esenciales de estos derechos para todos, o donde existe un marcado deterioro del disfrute de los mismos, es posible inferir que el gobierno esté incumpliendo sus obligaciones al respecto, si no ha explorado todas las medidas adecuadas para generar y distribuir recursos, como los impuestos progresivos y las transferencias sociales. Éste tendría que responder a un argumento particularmente sólido en su contra si una privación persistente o cada vez más grave coexiste con una concentración de riqueza en aumento.

En segundo lugar, las normas de igualdad y no discriminación también requieren que los Estados redistribuyan recursos para reducir las disparidades en los resultados de derechos humanos y garantizar una igualdad sustantiva para los grupos que enfrentan discriminación de género, racial o de otro tipo, incluso en el ámbito económico. También hay otras disposiciones de no-discriminación en las normas internacionales que ofrecen un posible punto de apoyo para cuestionar las políticas regresivas sesgadas contra los pobres por su carácter discriminatorio por motivos de estatus social y económico; lamentablemente, su utilización en la práctica por los tribunales y los organismos de vigilancia de derechos humanos ha sido muy escasa.

Puede ser que las normas de derechos humanos no se refieran expresamente a la desigualdad económica, pero tienen mucho que decir acerca de las políticas y las prácticas que dan lugar a la misma.

En tercer lugar, las normas de derechos humanos contienen una gran cantidad de disposiciones relativas a los factores determinantes de la desigualdad económica, es decir, las intervenciones en materia de políticas que la producen o contienen de manera más directa. Muchos estudios recientes coinciden en que la actual escalada de desigualdad tiene sus raíces en la erosión de los derechos laborales, el debilitamiento de los servicios públicos y los sistemas de protección social, la regulación financiera inequitativa y las políticas fiscales regresivas sesgadas a favor de los más ricos, las políticas económicas que discriminan a las mujeres y la captura de la toma de decisiones democrática por las élites egoístas. Puede ser que las normas de derechos humanos no se refieran expresamente a la desigualdad económica, pero tienen mucho que decir acerca de las políticas y las prácticas que dan lugar a la misma.

Estos fundamentos normativos se pueden reforzar con un cuarto grupo de normas de derechos humanos (por ejemplo, en relación con el derecho al desarrollo) que tratan de combatir las disparidades de riqueza entre los Estados y promover el respeto de los derechos humanos en las relaciones económicas transfronterizas. En la práctica, estas normas tienen que competir con regímenes normativos encontrados que rigen la tributación, el comercio y las finanzas internacionales, los cuales han demostrado reforzar la desigualdad económica entre y dentro de los países. Por lo tanto, promover el respeto de las obligaciones extraterritoriales de derechos humanos en los acuerdos económicos, tributarios y comerciales sería una medida fundamental para enfrentar las desigualdades estructurales a nivel mundial.

Aunque a cualquiera de estos cuatro grupos de normas le vendría bien un mayor desarrollo normativo más exhaustivo y su aplicación por parte de los tribunales y otros mecanismos de rendición de cuentas, en conjunto, constituyen la base de un marco normativo sólido para fundamentar un posicionamiento de derechos humanos sobre la desigualdad económica extrema.

Desarrollar estrategias para la rendición de cuentas

Aún si es posible establecer vínculos conceptuales y normativos, ¿de qué sirven las herramientas y los instrumentos de derechos humanos en la lucha contra la desigualdad económica? Moyn se lamenta de que la comunidad de derechos humanos ha sido poco más que “un espectador impotente del fundamentalismo de mercado”, debido, afirma, a la limitada aplicabilidad de las garantías de derechos económicos y sociales. No obstante, el valor de plantear la desigualdad económica extrema como un problema de derechos humanos es la posibilidad de pedir rendición de cuentas a los gobiernos y otros actores por las políticas injustas que la sustentan. Fukuda-Parr subraya esta posibilidad cuando dice que los derechos humanos pueden ayudar a llenar el vacío ético en la economía y hacer una contribución decisiva a los esfuerzos actuales para revertir la tendencia de la desigualdad.

De hecho, los activistas de derechos humanos ya están trabajando con diversos mecanismos de rendición de cuentas para cuestionar las desigualdades injustas que resultan de las violaciones de derechos humanos. Mediante la presentación de argumentos de derechos humanos ante los tribunales constitucionales, se han revocado políticas fiscales regresivas que exacerban la desigualdad al asignar una carga desproporcionada a los pobres, mientras que algunos organismos regionales e internacionales de vigilancia de derechos humanos han revisado y criticado las medidas discriminatorias de austeridad fiscal en distintos países.

Una serie de importantes oportunidades estratégicas han surgido para intensificar estos esfuerzos. La reducción de la desigualdad dentro de los países y entre ellos es uno de los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) recientemente aprobados. El objetivo 10 obliga a todos los Estados a reducir progresivamente la desigualdad de ingresos para 2030, con medidas que incluyen adoptar políticas fiscales, salariales y de protección social, y mejorar la regulación de las instituciones y los mercados financieros mundiales. A medida que se conciben los planes nacionales para la implementación de los ODS en todo el mundo, la comunidad de derechos humanos debe desempeñar un papel importante para garantizar que realmente se implementen programas sólidos para la reducción de desigualdades, y que estos estén afianzados en los compromisos existentes de derechos humanos y no discriminación.

Los líderes políticos de todo el mundo y los organismos de gobernanza económica internacional, como el Banco Mundial y el FMI, expresan cada vez más su preocupación por las consecuencias perjudiciales de la desigualdad extrema, aunque como señala Alston, aún no se han generado cambios de política significativos. Los organismos internacionales de derechos humanos, incluidos varios relatores especiales de la ONU, también comienzan a cuestionar la compatibilidad de la desigualdad extrema con los derechos humanos, y a exigir una respuesta más eficaz de parte del régimen de derechos humanos. Los activistas de derechos humanos tienen un papel fundamental que desempeñar al impulsar a estas instituciones a que cumplan sus funciones de rendición de cuentas y gobernanza de manera más eficaz.

Adaptar metodologías para la medición, el seguimiento y la movilización

Varios colaboradores en este debate se preguntan si la comunidad de derechos humanos está preparada para desempeñar este papel. Moyn, por ejemplo, cuestiona si la promoción de los cambios en las políticas necesarios para reducir la desigualdad se presta para la movilización de derechos humanos. Rastrear las desigualdades económicas, vincularlas al incumplimiento de las obligaciones de derechos humanos y buscar la rendición de cuentas y los remedios adecuados, puede resultar complicado desde una perspectiva metodológica, ya que requiere utilizar herramientas de análisis y promoción que les son más familiares a los economistas y profesionales del desarrollo que a los defensores de los derechos humanos. Pero como sostiene Jiménez, la colaboración interdisciplinaria puede ayudar a reunir evidencias y a desarrollar un argumento eficaz a favor de alternativas políticas que aumenten la igualdad. El CESR, por ejemplo, se ha aliado con ONG de desarrollo y con promotores de la justicia tributaria para exponer las injusticias fiscales que alimentan la desigualdad y llamar a cuentas a los gobiernos, así como para proponer indicadores de desigualdad centrados en los derechos humanos conforme a los ODS.

Por otra parte, campañas como Iguales de Oxfam indican que existe una oleada de gente común de todo el mundo que cree que la desigualdad extrema es moralmente insostenible y que puede movilizarse para hacer algo al respecto. Los derechos humanos contribuyen al poder discursivo de estas campañas al transformar la percepción de la desigualdad extrema para que se le conciba como algo que no es ni natural ni inevitable, sino una injusticia que resulta de decisiones políticas deliberadas que obedecen a los intereses de unos cuantos.   

Las disparidades económicas cada vez mayores son una característica definitoria del régimen económico imperante, y no un subproducto fortuito o accidental de éste. La riqueza fluye rápidamente hacia arriba en vez de filtrarse hacia abajo. Aunque algunos filósofos influyentes pueden aducir que lo que tiene importancia moral intrínseca es la privación absoluta y no la desigualdad relativa, los defensores de derechos humanos que trabajan sobre el terreno no pueden permanecer insensibles ante las distintas formas en las que el estado permite la concentración de riqueza que genera el empobrecimiento el estado permite la concentración de riqueza que genera el empobrecimiento. Como en épocas anteriores, será posible establecer políticas diseñadas para lograr una distribución de recursos más justa cuando existan el consenso social y la voluntad política suficientes para hacerlo. Para que los derechos humanos sean un contrapeso a la polarización que causa el paradigma económico neoliberal dominante, en vez de un espectador impotente ante ella, es necesario aprovechar plenamente su potencial igualitario.

Eventos de interés sobre desigualdad y derechos humanos en los que participa CESR: